Armas disfrazadas de juguetes
Cuando pensamos en armas, lo primero que viene a la mente son pistolas o escopetas, y no cosas como arcos o armas de aire comprimido, airsoft, que la gente usa con amigos. Sin embargo, en España, la línea entre lo que consideramos un «juguete» y un arma bajo control policial es más fina de lo que parece. Aquí, la normativa no hace excepciones por diversión: si puede proyectar, golpear o incapacitar, la ley tiene algo que decir al respecto.
España: Un país donde las armas no son un derecho
Antes de analizar tipos de armas, es vital entender la mentalidad del legislador español. A diferencia de algunos países, en España tener un arma no es un derecho, sino un privilegio otorgado por la administración.
El sistema se basa en la «necesidad», es decir, debes demostrar la necesidad del arma, por ejemplo, para cazar o competir. Además, impera el principio del monopolio de la fuerza por parte del Estado, lo que significa que la seguridad ciudadana es competencia exclusiva de las autoridades. Por eso, incluso con licencia, eres responsable absoluto: si pierdes tu arma o no la guardas en una caja fuerte homologada, la sanción recaerá sobre ti. Esta fiscalización alcanza incluso a cosas que muchos no considerarían «armas» a primera vista.
Lo «inofensivo»: Arcos y réplicas de aire comprimido
Mucha gente compra un arco en una tienda de deportes y asume que es como comprar una raqueta de tenis. Sin embargo, jurídicamente, el arco pertenece a la Categoría 7.5.
Eso significa que, si bien no necesitas licencia para comprarlo o tenerlo en casa como adorno, en el momento en el que lo sacas de casa, la cosa cambia. Tanto para transportarlo como para usarlo, necesitas una tarjeta federativa (o una licencia de caza si piensas usarlo para este fin). Sin ese documento, el arco puede ser incautado.
Luego están las armas de airsoft y, ojo, también las de paintball (Categoría 4). Desde la reforma de 2020, el control es total. Deben llevar un número de serie único y estar registradas en el Ayuntamiento mediante una Tarjeta de Armas. Si sacas tu réplica al campo sin haber pasado por el registro municipal, de nada te servirá tu propósito de actividad de ocio, pues estarás portando un arma indocumentada.
La defensa personal: Un terreno pantanoso
En este ámbito hay bastante confusión. Muchas personas buscan objetos para sentirse seguros, pero en España la autodefensa está estrictamente limitada, ya que el estado tiene el monopolio de la fuerza, delegando la protección ciudadana en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, limitando enormemente el tipo de objetos que un particular puede portar incluso para su protección:
- Sprays de defensa: Deben contar con la aprobación y homologación del Ministerio de Sanidad. Si compras uno por internet en una web extranjera y no tiene el sello de homologación español, podrías estar cometiendo una infracción. Si tienes dudas, el listado de sprays homologados es público, por lo que puedes consultarlo en la web del Ministerio de Sanidad.
- Defensas eléctricas (Táser): Totalmente prohibidas para particulares. Su tenencia puede ser constitutiva de delito.
- Objetos contundentes: Bastones extensibles o defensas de goma están prohibidos para el ciudadano común. En España, la ley entiende que la defensa debe ser proporcional y, sobre todo, que el monopolio de la fuerza lo tiene el Estado.
De lo curioso a lo ilegal: Ballestas y armas «Ninjas»
También hay objetos que parecen sacados de una película, pero que el Reglamento de Armas restringe, o incluso castiga con dureza:
Es el caso de las ballestas, que no son simplemente arcos grandes. A efectos legales, son armas largas, equivalentes a una escopeta (Categoría 7.2) y, por tanto, requieren Licencia tipo E.
Otra cuestión son lo que podríamos llamar armas «Ninja»:Los llamados xiriquetes (estrellas ninja) son armas prohibidas sin excepción, por lo que la sola tenencia, incluso de adorno, es ilícita. En cuanto a los nunchakus, aunque tradicionalmente también estaban prohibidos, la jurisprudencia actual permite su tenencia exclusivamente para práctica deportiva federada en recintos autorizados. Eso sí, llevarlos en el maletero «por si acaso» sigue siendo una infracción.
La lección detrás de todo esto
La regulación española no distingue entre lo letal y lo lúdico basándose en tu intención, sino en la capacidad del objeto. Desde un spray sin homologar hasta una ballesta sin licencia, todo está bajo el ojo vigilante de la Intervención de Armas. Antes de comprar ese objeto «curioso» o de defensa por internet, recuerda: la ley no tiene sentido del humor y el desconocimiento de la norma no te libra de la multa.
Julián Pantoja Gamero
Abogado

