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¿Cómo puedo cambiar mis apellidos?

Nuestros apellidos, como nuestro nombre, son una parte fundamental de nuestra identidad y, en principio, son inamovibles durante toda nuestra vida. No obstante, en algunas circunstancias, es posible realizar un cambio en los mismos.

Ya sea por razones personales, familiares o legales, el orden y la composición de los apellidos pueden modificarse en España a través de un procedimiento regulado por la Ley del Registro Civil. En este artículo trataremos de explicar y resumir brevemente las opciones disponibles para realizar este cambio, los requisitos necesarios y el proceso que se debe seguir.

El cambio de apellidos podrá ser solicitado por cualquier persona mayor de 16 años, o por su representante legal en caso de menores o personas con capacidad modificada judicialmente.

Existen dos vías para la modificación de los apellidos, que serían las siguientes:

  1. Modificación por declaración de voluntad: Se trataría de la más simple de las formas de modificación. Este tipo de cambio puede realizarse mediante una simple manifestación de voluntad del interesado y no requiere la instrucción de un expediente. Se trata de un proceso sencillo que no requiere de requisitos estrictos, más allá de los requisitos generales de tener al menos 16 años, o la autorización de los representantes legales en caso de menores. Entre las modificaciones posibles se encuentran:
    • Inversión del orden de los apellidos: El segundo apellido pasa a ocupar la primera posición y viceversa.
    • Anteposición de preposiciones: Se puede solicitar la adición o eliminación de partículas como «de» o «del» a los apellidos cuando corresponda.
    • Acomodación a la filiación de los progenitores: Se permite adaptar los apellidos de acuerdo con la realidad jurídica del momento, por ejemplo, en casos de adopción o el caso de que un progenitor haya realizado su propio expediente de cambio de apellidos y queramos adaptarnos también a sus nuevos apellidos.
    • Traducción o adaptación gráfica o fonética: En el caso de apellidos extranjeros, se permite adaptar su escritura o fonética al español o a otras lenguas oficiales en España.
    • Regularización ortográfica: Se autoriza la corrección de errores o la actualización de la grafía de los apellidos conforme a las reglas ortográficas vigentes.
  2. Modificación por expediente: Este procedimiento es algo más complejo y requiere la tramitación de un expediente ante el Registro Civil. Esencialmente, puede solicitarse en los siguientes casos:
    • Cambio por otros apellidos: Implica la adopción de apellidos distintos a los originales, siendo posible adoptar apellidos complemente distintos a los inscritos en el registro. Este cambio, sin embargo, está sujeto a una serie de condiciones específicas:
      • Uso y conocimiento: Se debe demostrar que el solicitante es conocido y utiliza habitualmente el apellido que desea adoptar, sin que este uso haya sido intencionado con el único fin de obtener el cambio.
      • Legitimidad: Los nuevos apellidos deben pertenecer a la línea paterna o materna del interesado.
      • Paridad: Los nuevos apellidos deben ser uno de cada progenitor, salvo casos excepcionales.
    • Cambio de apellidos para eliminar la referencia a un progenitor: En casos de violencia de género, la normativa contempla una excepción a los requisitos habituales de cambio de apellidos. Aunque, en principio, es necesario que los nuevos apellidos pertenezcan a ambas líneas de filiación y que se acredite su uso, en situaciones de violencia de género la víctima podría solicitar el cambio sin necesidad de cumplir estos requisitos. Esta medida busca proteger a las personas afectadas, facilitando su desvinculación nominal del agresor cuando ello sea necesario para su seguridad y bienestar. Para acceder a este cambio, se requiere documentación acreditativa de la condición de víctima, como órdenes de protección o sentencias condenatorias.

    Estos supuestos requieren un análisis particular por parte de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, dependiente del Ministerio de Justicia.

Pruebas de uso

Uno de los problemas más frecuentes al solicitar el cambio de apellidos es la acreditación del uso de los nuevos apellidos. La ley establece que puede utilizarse cualquier prueba válida en derecho, pero ¿qué significa esto exactamente? Si bien el abanico de pruebas es bastante amplio y habría que estudiar cada caso en particular, algunos ejemplos de documentos y elementos que pueden servir como prueba son:

  • Facturas en las que figuren los apellidos solicitados.
  • Correspondencia electrónica o cartas que reflejen ese uso habitual.
  • Declaraciones de testigos que confirmen el uso frecuente de los nuevos apellidos.
  • Otros documentos de la vida cotidiana en los que figuren los nuevos apellidos.

En Adeva y Pantoja Abogados contamos con experiencia en la tramitación de cambios de apellidos y ofrecemos asesoramiento personalizado para garantizar que el proceso se realice de manera eficiente y cumpliendo los requisitos exigidos por la normativa vigente. Evaluamos cada caso particular, asesoramos sobre las posibilidades disponibles y ayudamos a reunir la documentación necesaria para respaldar la solicitud. Si estás considerando realizar este trámite, no dudes en contactar con nosotros para recibir el apoyo legal que necesitas.

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